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Estudiantes no comunitarios

Aquí os facilitamos la información sobre las gestiones que debéis hacer si sois estudiantes no comunitarios y queréis acceder a la Universitat Ramon Llull.

Obtención de la primera autorización

Obtención de la primera autorización

ANTES DE VIAJAR A ESPAÑA

Todos los estudiantes no comunitarios deben solicitar el correspondiente visado de estudios a la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen. 

AL LLEGAR A ESPAÑA

  • Estudiantes con visado de estudios inferior a 6 meses de duración: no es necesario hacer ninguna otra gestión.
  • Estudiantes con visado de estudios superior a 6 meses de duración: deberán solicitar una primera autorización de estancia.
    1. Para solicitar la primera autorización de estancia se dispone de un plazo de un mes desde la fecha de entrada a la Unión Europea que consta en el pasaporte.
    2. Toda la documentación debe presentarse en una lengua oficial (español o catalán).
    3. Debe presentarse la siguiente documentación en cualquier Comisaría de la localidad del estudiante (mediante cita previa):
      • Impreso oficial (hoja EX17) y copia
      • Pasaporte original y copia
      • Visado original y copia (a tramitarse en la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen)
      • Fotocopia del sello de entrada en la UE o billete de avión (tarjeta de embarque)
      • Carta de matrícula de la universidad donde se indique también la duración de los estudios
      • Tres fotografías recientes en color, sobre fondo blanco y tamaño carné
      • Certificado de empadronamiento
      • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia y dos copias. Aunque con la nueva ley de extranjería el seguro de repatriación ya no es necesario, es recomendable tener uno.
      • Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".

La comisaría expedirá un resguardo oficial de la tarjeta. La Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios se recibirá entre uno y dos meses después del trámite. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico.

PARA INFORMACIÓN MÁS DETALLADA, podéis consultar el siguiente documento: Autorización de estancia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria. Acceso al Empleo. Familiares. Prórroga de la autorización.

Renovación de la autorización

Renovación de la autorización

La renovación de la tarjeta de estudiante se debe tramitar dentro de los sesenta días anteriores a su caducidad.

Desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, las solicitudes de renovación del permiso de estancia por estudios deben renovarse de forma telemática con certificado digital (se puede obtener en IDCAT) a través de la plataforma MERCURIO

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Impreso oficial (hoja EX00) y copia
  • Pasaporte en vigor y fotocopia (no entregar el original)
  • Original y copia de la Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios por las dos caras (no entregar el original)
  • Certificado de medios económicos y copia
  • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia (asociados a un accidente o enfermedad) y 1 copia. Debe ser un seguro sanitario privado con cobertura idéntica a la del Sistema Nacional de Salud, sin que consten limitaciones, ni temporales ni económicas, respecto a las coberturas, ni copagos o períodos de carencia, ni cláusulas de reintegro de cantidades con posterioridad a la prestación de un servicio, aportando justificante conforme se encuentra al corriente en el pago del mismo.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para este curso académico y que ha demostrado aprovechamiento y 1 copia.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para el curso académico siguiente y 1 copia.
  • Si se produce un cambio de domicilio, es necesario presentar un nuevo certificado de empadronamiento.
  • Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".

Una vez que el expediente sea favorable, habrá que ir a la comisaría de policía para finalizar la tramitación de la renovación. 

IMPORTANTE

  • Cuando se aporten documentos de otros países éstos deberán estar traducidos (por traductor jurado) al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
  • Es importante quedarse con una copia de toda la documentación presentada.

PARA INFORMACIÓN MÁS DETALLADA, podéis consultar el siguiente documento: Autorización de estancia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria. Acceso al Empleo. Familiares. Prórroga de la autorización.

Más información

Oficina de Relaciones internacionales y estudiantes
Universidad Ramon Llull
c. Claravall, 1-3. 08022 Barcelona
Tel. 936 022 231