Trámites para estudiantes internacionales
Estudiantes comunitarios
Los estudiantes pertenecientes a un Estado miembro de la UE, a un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a Suiza y que quieran residir en España durante un período superior a tres meses deberán solicitar obligatoriamente la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Para solicitar el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, es necesario solicitar cita previa a través de este enlace.
Estudiantes no comunitarios
Consultad a través de las siguientes pestañas las gestiones que debéis hacer si sois estudiantes no comunitarios y queréis acceder a la Universidad Ramon Llull.
ANTES DE VIAJAR A ESPAÑA
Todos los estudiantes no comunitarios deben solicitar el correspondiente visado de estudios a la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen.
AL LLEGAR A ESPAÑA
- Estudiantes con visado de estudios inferior a 6 meses de duración: no es necesario hacer ninguna otra gestión.
- Estudiantes con visado de estudios superior a 6 meses de duración: deberán solicitar una primera autorización de estancia.
- Para solicitar la primera autorización de estancia se dispone de un plazo de un mes desde la fecha de entrada a la Unión Europea que consta en el pasaporte.
- Toda la documentación debe presentarse en una lengua oficial (español o catalán).
- Debe presentarse la siguiente documentación en cualquier Comisaría de la localidad del estudiante (mediante cita previa):
- Impreso oficial (hoja EX17) y copia
- Pasaporte original y copia
- Visado original y copia (a tramitarse en la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen)
- Fotocopia del sello de entrada en la UE o billete de avión (tarjeta de embarque)
- Carta de matrícula de la universidad donde se indique también la duración de los estudios
- Tres fotografías recientes en color, sobre fondo blanco y tamaño carné
- Certificado de empadronamiento
- Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia y dos copias. Aunque con la nueva ley de extranjería el seguro de repatriación ya no es necesario, es recomendable tener uno.
- Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".
La comisaría expedirá un resguardo oficial de la tarjeta. La Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios se recibirá entre uno y dos meses después del trámite. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico.
PARA INFORMACIÓN MÁS DETALLADA, podéis consultar el siguiente documento: Autorización de estancia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria. Acceso al Empleo. Familiares. Prórroga de la autorización.
La renovación de la tarjeta de estudiante se debe tramitar dentro de los sesenta días anteriores a su caducidad.
Desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015, las solicitudes de renovación del permiso de estancia por estudios deben renovarse de forma telemática con certificado digital (se puede obtener en IDCAT) a través de la plataforma MERCURIO.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Impreso oficial (hoja EX00) y copia
- Pasaporte en vigor y fotocopia (no entregar el original)
- Original y copia de la Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios por las dos caras (no entregar el original)
- Certificado de medios económicos y copia
- Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia (asociados a un accidente o enfermedad) y 1 copia. Debe ser un seguro sanitario privado con cobertura idéntica a la del Sistema Nacional de Salud, sin que consten limitaciones, ni temporales ni económicas, respecto a las coberturas, ni copagos o períodos de carencia, ni cláusulas de reintegro de cantidades con posterioridad a la prestación de un servicio, aportando justificante conforme se encuentra al corriente en el pago del mismo.
- Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para este curso académico y que ha demostrado aprovechamiento y 1 copia.
- Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para el curso académico siguiente y 1 copia.
- Si se produce un cambio de domicilio, es necesario presentar un nuevo certificado de empadronamiento.
- Pago de tasas: Tasa 790 Código 012: Opción "TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos".
Una vez que el expediente sea favorable, habrá que ir a la comisaría de policía para finalizar la tramitación de la renovación.
IMPORTANTE
- Cuando se aporten documentos de otros países éstos deberán estar traducidos (por traductor jurado) al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
- Es importante quedarse con una copia de toda la documentación presentada.
PARA INFORMACIÓN MÁS DETALLADA, podéis consultar el siguiente documento: Autorización de estancia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria. Acceso al Empleo. Familiares. Prórroga de la autorización.
Solicitud de autorización de regreso (LO 4/2000 i RD 557/2011)
Más información
Oficina de Relaciones internacionales y estudiantes
Universidad Ramon Llull
c. Claravall, 1-3. 08022 Barcelona
Tel. 936 022 231